Durante la prolongada ocupación francesa de Navarra, la Diputación del reino tuvo dos tipos de actuación muy diferentes. Inicialmente, desde mayo de 1808, el régimen foral se mantuvo estructurado y colaboró con las autoridades del rey José I Bonaparte hasta que, el 8 de febrero de 1810, su hermano, el emperador Napoleón I Bonaparte, decretó la imposición de un Gobierno Militar en el viejo reino, que acabó integrándolo en la zona ocupada por el Ejército del Norte, al margen de la corte madrileña. Mientras tanto, en enero de 1810, la Regencia del reino de España fue la institución que, representando a la soberanía nacional, había convocado en Cádiz a las Cortes Generales, que comenzaron su celebración el 24 de septiembre de ese mismo año. Cortes en las que Navarra estuvo representada por el corellano Francisco de Paula Escudero y Ramírez de Arellano, en calidad de diputado suplente ya que en el viejo reino no pudieron celebrarse elecciones por estar ocupado por los franceses.
El 23 de julio de 1813, como publicó Francisco Miranda Rubio, se produjo el primer contacto oficial entre la Regencia y los miembros de la extinta Diputación del reino, aún en el exilio, que había comenzado en agosto de 1809, para solicitarles a éstos que nombrasen un Jefe Político para Navarra y que se publicase y jurase la Constitución. Siendo escogido el también corellano Miguel Escudero y Ramírez de Arellano, seguramente arrepentido ya de haber firmado el 7 de julio de 1808 la afrancesada Constitución de Bayona o Acte Constitutionnel de l’Espagne que había jurado José I Bonaparte, para suceder a su hermano como Jefe Político de Navarra, en el mes de agosto de 1813.
En Fitero, la Constitución de Cádiz fue jurada el 11 de septiembre de 1813, y los vecinos de la Villa procedieron a elegir a los que, en su Parroquia, se encargarían de nombrar, a su vez, a los dos candidatos que les representarían en su Merindad, salvo en la de Olite que sólo designaba un elector, siendo en total nueve electores de Partido Judicial o Merindad, los que, el día 25 de ese mismo mes, acabarían reuniéndose en Estella, bajo la presidencia de Miguel Escudero y Ramírez de Arellano, y eligiendo, al día siguiente, a los tres diputados, más un suplente, para representar a Navarra en las Cortes Generales de España, así como a los diputados a provinciales, en sustitución a los que hasta entonces habían participado en la Diputación del Reino de Navarra. Todos debían ser, como señaló Fermín Miranda Rubio al describir este proceso, mayores de 25 años y vecinos o residentes en cada Partido Judicial.
Este proceso electoral también tuvo lugar en Fitero el 16 de septiembre de 1813, como citó Jesús Soria Magaña hace poco más de un lustro, cuando en la Casa Consistorial de la Villa se juntaron el alcalde Joaquín Val, el párroco Francisco Navascués y otros diferentes vecinos de la única Parroquia de Sta. [Mª.] la Real, que esta Villa, mediante aviso antediem a son de caja, voz de pregonero y repetición en la mañana de este día con expresión del fin, siéndolo para el efecto de proceder, con arreglo a la Constitución política de la Monarquía Española y en consecuencia a las órdenes recibidas, al nombramiento de dos Electores Parroquiales que caben a la única de esta Población en atención a tener pasados de cuatrocientos vecinos y no llegar al de quinientos, precediendo los requisitos y demás circunstancias que previene el artículo tercero de las mismas, en su cumplimiento después de haber asistido a la Parroquia, celebrado la Misa Solemne de Espíritu Santo por el Vicario D. Francisco Navascués que ha hecho en la misma un discurso dirigido al objeto, se ha procedido luego de su regreso a esta Casa Consistorial a la habilitación de dos Escrutadores y un Secretario, hecha entre los vecinos concurrentes, a puerta abierta, verificándolo para los dos primeros encargos en las personas de Bernardo Rincón y Florencio Hervide y por Secretario al Escribano de Ayuntamiento [Antonio] Celestino Huarte. En seguida se preguntó por el Sr. Alcalde, como Presidente, cuanto previene el artículo cuarenta y nueve de la Constitución y no ha ocurrido duda, ni dificultad alguna en el particular, pasando enseguida al nombramiento de veinte y un Compromisarios que caben los dos Electores que exige, ejecutándolo en la forma prescrita en el artículo cincuenta y uno. Practicada esta diligencia y reconocidas las vistas de Nombramientos por el Presidente, Escrutadores y Secretario, se publicó en alta e inteligible voz haber sido los nombrados los que constan en la relación siguiente: Joaquín Val, Vicente Rupérez, D. Tiburcio Asiain, D. Juan Antonio Medrano, Bernardo Bayo, Joaquín Muro, Emeterio Aliaga, Joaquín Alfaro, Ramón Gómez, Manuel Aliaga, D. Bernardo Val, Pablo Yanguas, Juan Aliaga, Francisco Jiménez, Marcos Huete, Bernardo Rincón, [Antonio] Celestino Huarte, Manuel Bayo, Baltasar Guarás, Antonio Jiménez y Manuel Aliaga Ibero.
Habiendo sido convocados los veinte y un compromisarios, se han separado para el Nombramiento de los dos Electores, según lo previsto, y ha recaído la Elección, con más de la mitad de votos, en D. Juan Antonio Medrano y Morales, y el Licenciado D. Tiburcio Asiain, abogado de los Tribunales Nacionales, la cual fue publicada en la citada junta de Parroquia, acordando se les provea de copia firmada por el Presidente, Compromisarios y Secretario para hacer constar su nombramiento en la Junta de Partido, que se ha de realizar en la ciudad de Tudela, para la que se haya designado el día de mañana, diez y siete de septiembre, a las diez de ella, presentándose a el Sr. Alcalde de la misma, D. Jose Arguedas, finalmente se acuerda que incontinenti se traslade a la Parroquia para efecto de celebrar en la misma el Te Deum, con la solemnidad correspondiente, asistencia de todos los individuos de la Junta Parroquial, precediendo las demás ceremonias prescritas. Y, en consecuencia a lo mandado, se sentó por diligencia que la firmaron dicho Alcalde, como Presidente, Compromisarios y Secretario. Joaquín Val, Alcalde y Compromisario, Manuel Aliaga, Emeterio Aliaga, Tiburcio Asiain, Juan Antonio Medrano, Juan Aliaga, Vicente Rupérez, Bernardo Rincón y Baltasar Guarás.
Sirvan estas líneas para recordar y dejar constancia de la participación de los fiteranos en las elecciones a las primeras Cortes constitucionales que hubo en Navarra. A pesar de que el regreso de Fernando VII de Borbón, en marzo de 1814, acabó con las aspiraciones constitucionales de todos los españoles, restituyendo el sistema de gobierno y las instituciones existentes antes de la Guerra de la Independencia.