miércoles, 27 de abril de 2011

El juramento de la Constitución de Cádiz en Fitero: Septiembre de 1813

El 21 de Junio de 1813 se produjo la victoria aliada, de las tropas españolas, portuguesas e inglesas, bajo el mando de Arthur Wellesly, duque de Wellington, sobre las francesas que escoltaban a José I Bonaparte en su huida hacia Francia, en la famosa batalla de Vitoria. Cuatro días después, las tropas aliadas comenzaron el asedio de Pamplona, que duró hasta que se rindió la plaza el 31 de Octubre. Mientras que, el 26 de Junio, las tropas imperiales francesas del Ejército del Norte, mandadas por el general Bertrand Clausel, llegaron a Tudela procedentes de Calahorra y Alfaro, huyendo de la División de Navarra, que estaba comandada por Francisco Espoz y Mina. Al día siguiente, los franceses abandonaron definitivamente Tudela, dirigiéndose a Zaragoza mientras eran perseguidos por las tropas de Espoz. Situación que facilitó el que, el 23 de Julio de 1813, como recientemente publicó Francisco Miranda Rubio, se produjera el primer contacto oficial entre la Regencia española y los miembros de la extinta Diputación del reino, aún en el exilio al que se habían visto abocados en Agosto de 1809, para solicitarles a éstos que nombrasen un Jefe Político para Navarra y que se publicase y jurase la Constitución, a medida que las poblaciones se fueran liberando del dominio francés, habiendo sido la primera la ciudad de Estella, el 31 de Julio de 1812.
El 10 de Septiembre de 1813, el alcalde de Fitero, Joaquín Val, se reunió en la Casa Consistorial con sus regidores, Juan Antonio Medrano, Joaquín Alfaro, Manuel Andrés y Joaquín Muro, para despachar el oficio recibido desde Tudela, que incluía un ejemplar impreso de la Constitución de la Monarquía Española, promulgada en Cádiz, a diez y nueve de Marzo de mil ochocientos doce para que sea reconocida y jurada en todos los Pueblos de esta Merindad, resolviendo que el sábado once del presente se arme un tablado de suficiente altura con el ornato y decoro correspondiente en medio de la Calle Mayor, donde a las cuatro de la tarde se ha de celebrar la Publicación, así como que a esa hora deberán concurrir todos los vecinos al repique general de Campanas a la Casa Consistorial desde la que los Sres. Alcalde y Regidores, con toda la Comitiva, marcharán a dicha Calle Mayor y colocado el Ayuntamiento en el tablado, donde habrá un Solio de terciopelo carmesí, se leerá por el Secretario [Antonio Celestino Huarte] la Constitución, que la recibirá de mano del Sr. Alcalde, y que una vez realizado este acto se regresará con la misma formalidad a dicha Casa Consistorial y en la noche del mismo día haya iluminación y repique de campanas, así como que en el día siguiente, domingo, acudan todos los vecinos y el clero a su única Parroquia a la Misa mayor a jurar dicha Constitución y su observancia en la forma prevenida por las Cortes y el Te Deum que se cantará enseguida y que a la tarde haya regocijos públicos como lo exige un acto que merece la mayor satisfacción y que se publique por bando, para noticia de todos. Añadiendo que la Constitución en la Parroquia se leerá antes del ofertorio por el Cura Párroco [Francisco Navascués], quien hará una breve exhortación dirigida al objeto, de modo que después de concluir la Misa se recibirá el juramento por dicho Sr. Alcalde y Regidores bajo la fórmula prevenida en el decreto de las Cortes y se cantará el Te Deum. Disponiendo también que reunidos enseguida los Sres. Alcalde y Regidores, en la Sala mayor, presentarán el juramento particular con arreglo al mismo decreto recibiendo el Sr. Regidor preeminente al Sr. Alcalde y este al mismo Sr. Presidente y demás individuos de Ayuntamiento.
Estos actos se ejecutaron según lo previsto, con la solemnidad, ceremonia y demás circunstancias, de acuerdo con la certificación expedida por el citado secretario, el lunes siguiente; tal y como publicó Jesús Soria Magaña, hace poco más de un lustro. A pesar de las dudas que su artículo generó en algunos historiadores fiteranos, incluido el propio autor, acerca de que estos actos no habrían acaecido entonces sino bastantes años después, probablemente en 1820. Por lo que aprovecho la ocasión para dejar constancia de que el trabajo era correcto y que, efectivamente, la Constitución de Cádiz se juró en Fitero el sábado 11 de Septiembre de 1813. Si bien, el retorno del exilio del rey Fernando VII de Borbón, en Marzo de 1814, acabó dando al traste con la primera experiencia constitucional que hubo en España, restituyendo el sistema de gobierno y las instituciones existentes antes de la Guerra de la Independencia.