martes, 3 de mayo de 2011

Las primeras elecciones municipales constitucionales, Septiembre de 1813

El 11 de Septiembre de 1813, los fiteranos juraron la Constitución de Cádiz. Cinco días más tarde, habilitaron a los 2 Electores que representaron a la única Parroquia de Fitero en las primeras elecciones para las Cortes Generales, bajo dicha Constitución, que hubo en Navarra y después procedieron los vecinos de la Villa a escoger los 9 Electores que podrían habilitar o designar a los miembros del que habría de ser el primer Ayuntamiento constitucional de la Historia de Fitero. Tal como citara Jesús Soria Magaña y como en su momento, el domingo 19 de Septiembre de 1813, registró el Secretario del Ayuntamiento: En la villa de Fitero y Sala de Ayuntamiento de la misma, a diez y nueve de septiembre, de mil ochocientos trece: Se juntaron el Sr. Joaquín Val, Alcalde, y otros muchos vecinos de esta Villa, que por excusar prolijidad no se nombran, a virtud de aviso a son de Caja y voz de Pregonero, verificado el miércoles quince del corriente, repetido posteriormente el día de ayer y nuevamente en esta mañana, con expresión del fin que se dirige para efecto de proceder en conformidad de lo prescrito por la Constitución política de la Monarquía Española y en consecuencia a órdenes que se han recibido al nombramiento de nueve Electores para que éstos, a pluralidad de éstos, elijan Ayuntamiento, que deberá contenderse, compuesto de un Alcalde, cuatro Regidores y un Procurador Síndico, todo con arreglo a los soberanos decretos de las Cortes generales extraordinarias de veinte y tres de mayo, diez de julio y veinte y uno de septiembre de mil ochocientos doce, en consideración a tener la única Parroquia de esta Población pasados los cuatrocientos vecinos y no llegar al de quinientos, precediendo los requisitos y demás circunstancias que previene el artículo tres cientos nueve y siguientes de la Constitución, que trata de la formación de Ayuntamientos; en su consecuencia, habiéndose celebrado el jueves último la Misa solemne de Espíritu Santo con motivo de la habilitación de Electores para el nombramiento de Diputados de Cortes, motivo por el que se verificó en una misma Solemnidad para el nombramiento de Ayuntamiento, cuya Misa se celebró por el Vicario D. Francisco Navascués, que hizo en la misma un discurso dirigido a ambos objetos, se procedió, en primer lugar, al nombramiento de los Escrutadores, el cual recayó en las personas Manuel Aliaga y Vicente Jiménez, que se habilitaban en la Junta de Parroquia, y Secretario el infraescripto Escribano de Ayuntamiento. En seguida se preguntó por el Sr. Alcalde, como Presidente, cuanto previene el artículo cuarenta y nueve de la Constitución y no ocurrió duda ni dificultad, pasando enseguida al nombramiento de los nueve Electores que exige, practicando en la forma prescrita, por votación, y practicada esta operación y reconocidas las listas de los Votantes por el Presidente, Escrutadores y Secretario, se publicó en alta e inteligible voz haber sido los nombrados, los siguientes: D. Juan Antonio Medrano, D. Tiburcio Asiain, Emeterio Aliaga, Manuel Aliaga, D. [Antonio] Celestino Huarte, Juan Aliaga, D. Joaquín Val, Vicente Rupérez y Vicente Jiménez. Los cuales deben ser los Electores, a virtud de la pluralidad de votos que han tenido a sufragar para el nombramiento y a fin de que se lleve a cumplimiento y debido efecto, acordó el Sr. Alcalde, se les haga notorio este nombramiento para que lo pongan en ejecución. De todo lo cual se hizo este auto, que lo firmaron y en fe de ellos yo el Escribano, Joaquín Val, Vicente Jiménez, Manuel Aliaga. Ante mí, [Antonio] Celestino Huarte.
Notificación que este Escribano Real realizó al día siguiente, en la Casa Consistorial, donde había reunido a los nueve vecinos de Fitero nombrados como Electores para la habilitación de Alcalde, cuatro Regidores y un Procurador Síndico General, que tuvieron el honor de ser escogidos para ello en el proceso para las primeras elecciones municipales constitucionales que hubo en Fitero.